Factura electrónica obligatoria: adaptamos tu ERP

Desde octubre de 2027 las empresas que facturan más de 8 millones, y desde octubre de 2028 todas las demás, tendrán que emitir y recibir las facturas entre empresas en formato electrónico. Conectamos tu programa de gestión para que lo haga solo, sin cambiar de ERP.

Lo regulan el Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026, que entró en vigor el 6 de octubre de 2026 y pone en marcha los plazos de 12 y 24 meses.¿No sabes cuál es tu fecha? Compruébalo en un minuto con la herramienta de la fecha de la factura electrónica.

Cuándo necesitas ayuda

Si facturas con un programa en la nube, lo normal es que tu proveedor lo adapte. El trabajo está en estos casos:

  • Tu ERP es propio, antiguo o muy personalizado (también AS400), y nadie va a entregarte la actualización hecha.
  • Facturas desde varios sistemas a la vez: el ERP, la tienda online, una aplicación a medida.
  • Recibes cientos de facturas de proveedores al mes y hoy alguien las teclea.
  • Ya facturas por EDI a cadenas de distribución y tiene que convivir con el nuevo sistema.
  • Tu proveedor de software no te confirma cómo ni cuándo cumplirá.

Qué hacemos

  • Emisión

    El ERP genera cada factura en un formato válido (UBL, CII, EDIFACT o Facturae sobre el modelo europeo EN 16931), con firma electrónica avanzada y código único, y la envía a la solución pública de la Agencia Tributaria o a la plataforma que elijas.
  • Recepción

    Las facturas de proveedores entran en el ERP como datos, emparejadas con el proveedor y, si quieres, con el pedido y el albarán. Se acaba teclearlas.
  • Estados y pagos

    Quien recibe una factura tiene cuatro días naturales para comunicar si la acepta o la rechaza y cuándo la paga. Lo automatizamos desde el ERP o desde los movimientos del banco.
  • Datos maestros

    NIF de clientes y proveedores, series de facturación y códigos de producto revisados antes de empezar. Una factura estructurada no admite un NIF mal escrito.
  • EDI

    Si ya facturas por EDI, mantenemos ese circuito y lo conectamos con la nueva obligación en lugar de duplicarlo.
  • Transición

    El PDF de acompañamiento que exige el primer año a quien factura más de 8 millones, y un periodo en paralelo para comprobar cada factura antes de dejar el sistema antiguo.

Cómo lo hacemos

  1. Diagnóstico

    Desde dónde se factura, cuántas facturas se emiten y reciben, qué formatos usan ya tus clientes y proveedores y qué datos faltan en el ERP.
  2. Canal

    Solución pública gratuita o plataforma privada de intercambio, según volumen y clientes. Te explicamos las diferencias para tu caso.
  3. Conector

    Desarrollamos la pieza entre el ERP y el canal elegido: emisión, recepción, estados y pagos, con registro de cada envío y reintentos si algo falla.
  4. Pruebas en paralelo

    Facturas reales emitidas por los dos caminos durante unas semanas, comparadas una a una antes de apagar el antiguo.
  5. Puesta en marcha

    Antes de tu fecha obligatoria, con margen. La norma prevé que la solución pública esté disponible al menos dos meses antes de la primera fecha.

Por qué nosotros

Desarrollamos y mantenemos nuestro propio programa de facturación, FacturaYa. Genera facturas Facturae 3.2.2 firmadas, las envía a FACe y registra las facturas en VERI*FACTU, así que conocemos los formatos, las firmas y las respuestas de la Administración desde dentro. Además conectamos ERPs con tiendas online y EDI, que es el mismo tipo de trabajo.

Si quieres ver cómo es por dentro una factura electrónica o un mensaje EDI, prueba el visor Facturae y el visor EDI. Son gratuitos y no guardan el contenido.

Cuánto cuesta

Integración entre sistemas
5.000 € - 15.000 € · 4-10 semanas

Rangos orientativos sin IVA, antes de añadir integraciones. Para una estimación de tu caso, prueba el asistente de proyectos con IA.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cambiar de ERP?

No necesariamente. Si el ERP guarda bien los datos de cada factura, se puede conectar con un conector externo que genere, envíe y reciba las facturas. Cambiar de programa solo tiene sentido si además se te ha quedado corto por otras razones.

¿Me afecta si solo vendo a particulares?

La obligación es para las facturas entre empresas y profesionales. Las ventas a consumidores y las facturas simplificadas (salvo las cualificadas) quedan fuera. Pero si compras a proveedores, recibirás sus facturas en formato electrónico y tendrás que comunicar su estado y su pago.

¿Solución pública o plataforma privada?

La solución pública de la Agencia Tributaria es gratuita y es la opción por defecto si no se acuerda otra con el proveedor. Las plataformas privadas añaden servicios (transformación de formatos, conexión con clientes que ya las usan) y deben estar conectadas entre sí y con la pública. Depende de tu volumen y de tus clientes.

¿Qué tiene que ver con VERI*FACTU?

Son obligaciones distintas. VERI*FACTU regula cómo el programa de facturación registra cada factura y, en esa modalidad, la envía a la Agencia Tributaria. La factura electrónica obligatoria regula cómo se intercambian las facturas entre empresas y cómo se comunican su estado y su pago. Afectan al mismo sistema, así que conviene prepararlas juntas.

¿Cuándo hay que empezar?

Si facturas más de 8 millones, ya: la fecha es octubre de 2027 y un conector con pruebas en paralelo lleva meses. Para el resto, la fecha es octubre de 2028, pero ordenar los datos maestros y decidir el canal no depende del plazo y ahorra prisas al final.

¿Cuánto trabajo es en tu empresa?

Describe desde dónde facturas y cuántas facturas emites y recibes en el asistente de proyectos y te enviamos un informe con alcance, riesgos, fases y coste orientativo.

Háblanos de tu proyecto

Cuéntanos qué necesitas y te respondemos con una propuesta sin compromiso.

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Valdemoro (Madrid)